El Acuerdo Latinoamericano sobre el Control de Buques por el Estado Rector del Puerto anuncia la realización de una Campaña de Inspecciones Concentrada sobre El Convenio De Formación 1978.


Las Autoridades Marítimas Miembros del Acuerdo Latinoamericano sobre el Control de Buques por el Estado Rector del Puerto (Viña del Mar, 1992) se aprestan para iniciar una Campaña de Inspecciones Concentradas, en forma simultánea con los Memorandos de Entendimiento de Tokio y París, con el propósito de supervisar la implementación y cumplimiento del Convenio internacional sobre Normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar de 1978 (STCW 78), en su forma enmendada, en los buques que recalan en los puertos de la región.

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La campaña sobre el Convenio STCW 78, convenida en la última reunión del Comité del Acuerdo, tiene como objetivo confirmar que:

  1. el número de tripulantes que presta servicio a bordo y sus títulos o certificados cumplen las disposiciones pertinentes del Convenio y el Código STCW 78 y los requisitos de dotación de seguridad aplicables según lo determine la Administración del Estado de abanderamiento;
  2. toda la gente de mar que preste servicio a bordo, deba estar titulada o certificada de conformidad con el Convenio STCW 78, poseer un título o certificado apropiado o una dispensa válida, o presentar prueba documental de que se ha presentado una solicitud de refrendo de expedición o reconocimiento a la Administración del Estado de abanderamiento;
  3. la gente de mar a bordo posee un certificado médico válido según lo exige el Convenio STCW 78; y
  4. los horarios de guardia y las horas de descanso indican el cumplimiento de los requisitos pertinentes del Convenio y Código STCW 78.
Esta campaña se llevará a cabo durante tres meses, a partir del 1 de septiembre de 2022 y finalizará el 30 de noviembre de 2022. Las inspecciones llevadas a cabo en el marco de la CIC serán aplicables a todos los buques y se realizarán junto con la inspección regular de supervisión por el Estado rector del puerto. Un buque estará sujeto a una sola inspección bajo esta CIC durante el período en que se desarrolle la CIC.

Se espera que la presente Campaña de Inspecciones Concentradas (CIC) ayudará a sensibilizar a los propietarios, armadores, operadores y tripulantes sobre los requisitos específicos del Convenio y Código STCW 78.

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Los Oficiales de supervisión por el Estado rector del puerto (OSERP) utilizarán una lista de verificación conteniendo preguntas específicas que deberán completar durante la campaña. Si se encuentran deficiencias, las acciones del Estado rector del puerto pueden variar desde registrar un deficiencia e instruir al capitán para que la subsane en un plazo determinado a detener el buque hasta que se hayan subsanado las deficiencias que la motivaron.

Los resultados de la presente CIC serán procesados en la base de datos del Centro de Información del Acuerdo (CIALA) y los hallazgos y conclusiones se presentarán al Comité del Acuerdo para su análisis y difusión pertinente.